El Boletín Oficial de Aragón (BOA) recoge la Orden por la que se convocan subvenciones en materia de modernización de las explotaciones agrarias y de instalación de jóvenes agricultores para el año 2017, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 (PDR 2014-2020).
Esta convocatoria es la segunda específicamente dirigida a impulsar la incorporación de jóvenes al mundo agrario y a la modernización de las explotaciones agrarias, y cuenta con un presupuesto de 20 millones de euros.
La finalidad de estas subvenciones es contribuir a superar las deficiencias estructurales que limitan las posibilidades de desarrollo de muchas explotaciones agrarias, e impulsar la renovación de la población activa agraria.
Para las subvenciones en modernización de explotaciones agrarias, la cuantía total máxima estimada de la subvención es de 8.000.000 €, y será financiada por el FEADER (4.240.000 €), la comunidad autónoma (2.240.000 €) y la Administración General del Estado (1.520.000 €). Por su parte, la cuantía total máxima estimada para las subvenciones en instalación de jóvenes agricultores es de 12.000.000 € y será financiada por el FEADER (9.600.000 €) y el Gobierno de Aragón (2.400.000 €).
En el caso de las ayudas dirigidas a la modernización de explotaciones agrarias, las subvenciones tendrán forma de subvención de capital, aplicando los límites siguientes:
- El límite máximo de subvención será del 25 % de la inversión subvencionable. Esta cantidad podrá incrementarse hasta en un máximo de un 20 % en los siguientes casos:
- El volumen de inversión para el periodo de los tres años naturales anteriores a la resolución será de hasta 120.000 € por UTA, con un límite máximo de 500.000 € por explotación y sin superar el límite por UTA.
- Inversiones realizadas por agricultores jóvenes que realicen la instalación de forma simultánea o la hayan realizado en los últimos cinco años. Se aplicará un incremento de hasta un 10 %.
- Inversiones en común de acuerdo al artículo 9.3 de la orden de bases reguladoras. Se aplicará un incremento de un 5 %.
- Zonas de montaña. Se aplicará un incremento de un 10 %.
- Zonas con limitaciones naturales distintas de montaña. Se aplicará un incremento de un 5 %
- El límite máximo de subvención en ningún caso superará un 45 %.
- El volumen mínimo de inversión auxiliable en la resolución y certificación de un plan de mejora será de 6.000 €.
Para la instalación de jóvenes agricultores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la orden de bases reguladoras, se aplicará un pago básico de 20.000 €. El pago básico se podrá incrementar en los siguientes supuestos:
- Por la creación de una UTA adicional completa: 10.000 €.
- Según la ubicación de la mayor parte de la explotación:
- En zona desfavorecida: 2.000 €.
- En zona de montaña: 5.000 €.
- En función del valor de producción estándar de la explotación por encima de la cuantía equivalente necesaria para obtener un 35 % de la Renta Unitaria de Trabajo:
- De 8.000 a 25.000 €: 10.000 €.
- De 25.001 a 50.000 €: 15.000 €.
- De 50.001 a 75.000 €: 17.500 €.
- Mayor de 75.000 €: 20.000 €.
- En función del volumen de gastos necesarios para la puesta en marcha de la explotación:
- De 25.000 a 50.000 €: 5.000 €.
- De 50.001 a 100.000 €: 8.000 €.
- De 100.001 a 150.000 €: 10.000 €.
- Más de 150.000 €: 15.000 €.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de marzo de 2017 y se contará con tres años para su ejecución.
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Otras noticias
Está previsto el pago del 29% restante de los conceptos de pago básico y pago verde para el 30/12/2016. En principio sigue bloqueado el pago de expedientes afectados por controles sobre el terreno, controles administrativos y teledetección sin resolver y con incidencia 404.